Nacionalidad española para Hijos mayores de 18 años

Nacionalidad española para Hijos mayores de 18 años

En esta guía te vamos a contar los requisitos y trámites para solicitar la Nacionalidad española para Hijos mayores de 18 años. Si eres ciudadano español y quieres compartir la nacionalidad con tus hijos mayores de edad, deberás seguir unos simples pasos para solicitarla.

Tipos de Nacionalidad española

🇪🇸

Artículo 20 Código Civil español

Tienen derecho a optar por la nacionalidad española:

  • d. Las personas que estén o hayan estado sujetas a la patria potestad de un español (caducará a los
    20 años).

  • e. Aquellas cuyo padre o madre hubiera sido originariamente español y nacido en España (sin
    límite de edad).

  • f. Las que se hallen comprendidas en el segundo apartado de los arts. 17 y 19.
    (Ley 36/2002 de 08.10., de modificación del Código Civil en materia de nacionalidad)
  • Existen varios tipos de nacionalidad:

    • Por residencia
    • Por valor simple de presunción
    • Por opción (nuestro caso)

    Esta última es un beneficio que ofrece España a personas extranjeras que reúnan ciertas condiciones para adquirirla. Como vemos en esta guía, los hijos mayores de 18 años de ciudadanos españoles podrán solicitarla. Aunque hay diferentes trámites según la edad, para los que tienen 18 años existe un plazo de 2 años (hasta los 20) para solicitarla.

    Al ser un trámite de nacionalidad por opción es más sencillo que, por ejemplo, la nacionalidad por residencia o por pareja de hecho en España. Vamos a ver cómo solicitarla fácilmente.

    Requisitos - Nacionalidad española para Hijos mayores de 18 años

    Lo principal es que alguno de los progenitores que tengas la patria potestad tenga ya concedida la nacionalidad española. De este modo, el hijo mayor de 18 podrá solicitar la nacionalidad por sí mismo sin autorización de los padres, aunque sí tendrá que aportar copia de la documentación de los padres.

    Como madre o padre, tendrás que acreditar:

    • Que eres español con tu pasaporte o DNI.
    • Proporcionar una acta de manifestación ante notario en la que declares que deseas obtener la ciudadanía para tu hijo.

    ¿Dónde se realiza la solicitud?

    Para realizar la gestión de la Nacionalidad española para hijos mayores de 18 años, habrá que atender a dónde se encuentren viviendo ellos, de modo que:

    • Si viven en España, la solicitud se presentará en el Registro Civil del domicilio.
    • En el caso de vivir en el extranjero, tendrán que presentar la documentación en el consulado español ubicado en dicho país.

    EXCEPCIÓN: Si tu hijo es menor de 14 años, es posible que puedas formalizar la solicitud donde vivas actualmente.

    Documentación a presentar

    Nacionalidad española para Hijos mayores de 18 años

    Para solicitar la Nacionalidad española para hijos mayores de 18 años deberás enviar por correo postal certificado la siguiente documentación. También puedes depositar en el buzón del Consulado correspondiente con tu nombre y apellidos:

    • Solicitud presentada por el interesado (mayor de edad) o su representante (menores o incapacitados) con datos de contacto (teléfono o correo electrónico).
    • Impreso de declaración de datos para la inscripción de nacimiento, firmado.
    • Certificado literal de nacimiento del interesado original y reciente (validez máxima 6 meses).
    • Certificado literal del nacimiento (original y de no más de 6 meses) del progenitor que tenga o haya tenido la nacionalidad española, expedido por el Registro Civil español.
    • Certificado de nacimiento (original y de no más de 6 meses) del progenitor no español, legalizado y traducido.
    • Copia del documento de identidad o Pasaporte del interesado.
    • Copia de los documentos de identidad o Pasaportes de ambos progenitores.
    • Si los progenitores están ligados por vínculo matrimonial, certificado de matrimonio de los padres o Libro de Familia español en el que consten los datos del matrimonio.
    • Impresos para solicitar la inscripción en el Registro de Matrícula consular, firmados.
    • En el caso de opción por adopción después de la mayoría de edad, sentencia de adopción.
    • Un sobre franqueado con su dirección postal. Si remite un Libro de Familia, se recomienda el franqueo por correo certificado con acuse de recibo. Las dimensiones del sobre deben permitir la cabida del libro.

    Si la documentación está completa, el Consulado convocará al interesado (y/o a sus representantes legales en su caso) para la firma del acta de opción.

    En el caso de mayores de edad, solo deberá comparecer el interesado con su Identificación. 

    ¿Cuánto tarda la Nacionalidad española para Hijos mayores de 18 años?

    Al contrario que sucede con otros trámites para solicitar la nacionalidad española, en el caso de los hijos mayores de edad de españoles es bastante rápido, demorándose no más de 1 año en total. Después de la jura y la firma de la nacionalidad, recibirán su pasaporte español en un plazo de 1 o 2 meses.

    Recomendación final

    Nosotros te recomendamos, en caso de que cumplas con los requisitos para ello, que solicites directamente la nacionalidad española antes que la residencia. Sobre todo, porque se trata de un trámite más ligero y, en caso de que tus hijos sean mayores de edad, pueden solicitarlo por sí mismos, ahorrándote tiempo y trámites legales.

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